miércoles, 26 de marzo de 2025

Ley Vaso de Agua: ¿Un derecho laboral o una carga para las empresas?

Ley Vaso de Agua: ¿Un derecho laboral o una carga para las empresas?


En México, el acceso al agua potable en los centros de trabajo no es un derecho garantizado por la Ley Federal del Trabajo (LFT), sino una decisión discrecional de las empresas. Sin embargo, una nueva iniciativa del Senado, impulsada por el Grupo Parlamentario del PRI, busca cambiar esta realidad al obligar a empleadores, tanto del sector privado como público, a proporcionar agua potable a sus trabajadores.

La propuesta se presenta en un contexto complejo, marcado por una crisis hídrica y un creciente impulso por mejorar las condiciones laborales. Pero, ¿esta reforma representa un avance en derechos humanos o una carga adicional para las empresas?

El acceso al agua: un derecho innegable, pero con matices

Carlos Ferrán Martínez, socio director de Ferran Martínez Abogados, reconoce que garantizar el acceso al agua potable en los centros de trabajo es un paso necesario, pero advierte que la implementación debe analizarse cuidadosamente para evitar que afecte desproporcionadamente a las pequeñas y medianas empresas (pymes), que ya enfrentan numerosos retos para mantenerse a flote.

“Es difícil estar en contra de una medida que beneficia a los trabajadores, pero hay que definir los ‘cómos’. No se trata solo de establecer la obligación, sino de evaluar su viabilidad y los costos que implicaría para las empresas, especialmente las más pequeñas”, señala Ferrán Martínez.

También destaca que una regulación mal estructurada podría incentivar la informalidad, un problema grave en el país. “Si se imponen nuevas obligaciones sin considerar la realidad empresarial, muchas compañías podrían optar por la informalidad en lugar de cumplir con normativas difíciles de sostener”, agrega.

Un avance necesario, pero con retos logísticos

Por su parte, Ernesto de la Puente, asociado senior en Santamarina y Steta, ve la iniciativa con buenos ojos, destacando que no solo se enfocaría en la iniciativa privada, sino también en el sector público. Sin embargo, coincide en que es necesario definir los mecanismos de implementación.

“¿Cómo van a cumplir los empleadores con esta obligación? ¿Con garrafones, filtros, purificadores? ¿Cómo se garantizará que el agua sea potable? Además, ¿habrá sanciones para quienes no cumplan?”, cuestiona.

De la Puente señala que los costos y la logística variarán según el tamaño de la empresa. Mientras que las grandes corporaciones pueden absorber este gasto con facilidad, las pymes podrían enfrentar dificultades. Por ello, considera que la reforma debe debatirse con seriedad para garantizar su efectividad sin afectar a los empleadores.

Un equilibrio entre derechos y viabilidad

En México, cada persona consume en promedio 366 litros de agua al día, según ONU Hábitat, ubicándose entre los países con mayor consumo de este recurso. Garantizar que los trabajadores tengan acceso a agua potable en sus centros laborales parece un paso lógico en términos de bienestar y derechos humanos.

Sin embargo, la clave del éxito de esta iniciativa radica en encontrar un balance entre la garantía de este derecho y la capacidad de las empresas para cumplirlo sin que represente una carga excesiva. Un diseño bien estructurado de la ley podría convertir esta obligación en una oportunidad para mejorar la calidad del entorno laboral sin comprometer la estabilidad de los negocios.

El debate está sobre la mesa: ¿cómo garantizar el derecho al agua en el trabajo sin afectar a las empresas?






Portaplacas permitidos en 2025: Evita multas con los modelos autorizados

Personalizar tu auto con accesorios como los portaplacas puede darle un toque especial, pero no todos los modelos están permitidos por el Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México. Para evitar sanciones en 2025, es importante conocer cuáles están autorizados y cuáles pueden generar una multa.

¿Qué portaplacas puedes usar en CDMX sin riesgo de multa?

El artículo 43 del Reglamento de Tránsito de la CDMX establece que las placas deben permanecer completamente visibles en todo momento. Por ello, solo se permiten portaplacas que cumplan con los siguientes criterios:

Marco delgado, que no cubra números, letras ni hologramas.

Material sin reflejo ni acabado espejeante.

Sin luces LED o neón integradas.

Sin láminas oscuras o micas que alteren la visibilidad de la matrícula.


Estos portaplacas están disponibles en tiendas de autopartes y en línea, y al cumplir con la normativa vigente, puedes circular sin problema por la Ciudad de México.

Portaplacas prohibidos y multas en 2025

Si un portaplacas cubre parcial o totalmente la información de la matrícula o incluye accesorios como iluminación o micas ahumadas, está prohibido, ya que dificulta la identificación del vehículo.

Las multas por usar portaplacas no permitidos oscilan entre 10 y 20 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA). En 2025, la UMA tiene un valor de 113.14 pesos, por lo que la sanción podría ir de 1,131.1 a 3,393.3 pesos, dependiendo del nivel de obstrucción de la matrícula.

Otros accesorios prohibidos en CDMX

El mismo artículo 43 también restringe el uso de otros accesorios en los vehículos:

Neumáticos o mecanismos que dañen la vialidad (como ruedas metálicas o bandas de oruga).

Faros deslumbrantes no regulados.

Sistemas antirradares.

Modificaciones al escape que generen ruido excesivo.

Bocinas no originales con sonidos muy intensos.

Vidrios polarizados con más del 20% de opacidad (salvo por razones médicas certificadas).


Las multas por estas infracciones varían entre 10 y 50 UMA’s, es decir, de 1,131.1 a 5,655.5 pesos, dependiendo del impacto en la seguridad vial.

Evita multas y circula sin problemas

Si quieres personalizar tu vehículo sin correr riesgos, asegúrate de que los accesorios que elijas cumplan con el Reglamento de Tránsito. Opta por portaplacas con marco delgado y sin elementos adicionales que puedan obstruir la visibilidad de las placas.

Mantente informado y evita sanciones innecesarias al conducir en la Ciudad de México.



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